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domingo 2 de abril de 2023 - 2:56:09 AM
Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional
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El rol de los fiscales: una videoconferencia trascendente de cara a la Implementación de la Reforma del Código Procesal Penal Federal

La implementación en todo el país del nuevo Código Procesal Penal de la Nación propone cambios de fondo en la forma en que se llevan adelante las investigaciones de hechos delictivos. El procedimiento acusatorio que llegará al nivel nacional y federal favorece juicios más eficaces, más rápidos, más transparentes y con mayores derechos para las víctimas. Con este nuevo Código, cambiará sustancialmente el rol de nuestros jueces penales, quienes actualmente definen el rumbo del proceso y toman la totalidad de las decisiones, y los fiscales pasan a tener un rol protagónico.

Desde el Instituto Superior de la Magistratura de la AMFJN, desde el 30 de septiembre se llevan a cabo jornadas de información y debate sobre la Implementación de la Reforma del Código Procesal Penal Federal. El jueves 2 de octubre fue el turno de una escala de especial importancia: el rol del Ministerio Público Fiscal en la reforma.

Los oradores fueron Fabiana León (Fiscal Federal ante los Tribunales Orales de la Capital Federal), Juan Manuel Olima (secretario de coordinación institucional de la Procuración General de la Nación) y Ricardo Toranzos (fiscal federal y miembro de la Unidad Fiscal de Salta, una de las primeras provincias donde se implementó la reforma). La jornada fue moderada por Ricardo Saénz (fiscal general ante la Cámara Del Crimen y presidente de la Comisión del Ministerio Público Fiscal de la AMFJN) y sobre el final contó con la participación de Diego Barroetaveña (Juez de Cámara Nacional de Casación Penal y titular del Instituto de la Magistratura) y Marcelo Gallo Tagle, presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional.

A continuación, los pasajes más importantes de los expositores:

FABIANA LEÓN

  • “Los delitos federales no admiten acuerdos conciliatorios [como los especificados en el artículo 34 del CPF], por sus características de severa afectación a los intereses de la Nación. Un acuerdo conciliatorio implicaría entender a la Nación como una víctima. En ese contexto, por ejemplo, ¿cómo sería un acuerdo conciliatorio ante un caso de tráfico de estupefacientes? La ley misma seria la que quedaría como víctima, y sería imposible cuantificar el daño que se produce, como para contemplarlo en el acuerdo conciliatorio”.
  • “Sorprendentemente encontramos en el código una diversidad de situaciones en las cuales los fiscales son sancionados por mal desempeño y posible causal de destitución. Está lleno de estas expresiones amenazantes para la carrera de los fiscales, precisamente el sector que está pidiendo  la implementación inmediata del código en todo el país. Entiendo que debiéramos tener una prudencia, porque estas advertencias no están siendo analizadas con la gravedad que se merecen.

JUANA MANUEL OLIMA

  • “Hay que dedicarle toda la estructura institucional a la implementación del sistema acusatorio. En el caso de la Procuración, afecta a las tres secretarías principales: la técnica-disciplinaria, la de administración y la de coordinación. Pero en el camino vemos problemas de base, como que vamos a un proceso enteramente digital y la realidad es que no tenemos conectividad suficiente para soportar las necesidades de los procesos”.
  • “El CPF está en pleno funcionamiento en Salta y Jujuy desde mediados del año pasado. La implementación en distintas provincias demora un mínimo de seis meses, sobre todo en estas épocas de pandemia. En ese sentido, incorporar a Mendoza o a Santa Fe como parte del plan de la Justicia nacional no será hasta marzo de 2021 por lo menos”.

RICARDO TORANZOS

  • “Hay tres aspectos centrales a la implementación del CPF: el cambio cultural, el cambio organizacional y las herramientas procesales. La palestra donde se despliegan las características del sistema acusatorio es la audiencia pública de la investigación preparatoria. Es muy trascendente el hecho de que el juez no conoce el legajo, porque existe una prohibición legal. El primer impacto se da en que no está contaminado por la investigación, de la cual el fiscal es el director jurídico”.
  • “Como uno de los aspectos más salientes de la implementación en Salta, es para destacar que con el sistema acusatorio se reduce notoriamente la cantidad de prisiones preventivas”.

Muchos países de la región y del mundo han dado hace años el paso hacia esta modalidad, al igual que la mayor parte de las provincias argentinas, en sus sistemas de justicia locales.  Significa una modernización que ha sido demandada largamente por la sociedad y también por los operadores del sistema de Justicia.

Desde la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, en los últimos años nos hemos puesto como una de nuestras prioridades la capacitación de los operadores del fuero penal para la transición hacia el nuevo sistema.

Se trata de un giro necesario para hacer frente a las formas cada vez más complejas que adquieren las tramas delictivas y para los reclamos de una ciudadanía que, como en otros países, tiene un significativo grado de desconfianza en el funcionamiento de las instituciones en general.